
Recibir una multa de tráfico no solo supone tener que pagar una cuantía económica, sino también puede significar perder puntos del carnet de conducir. La Ley de Tráfico y Seguridad Vial recoge diferentes sanciones en función de la infracción cometida. Si no tienes muy claro a qué tipo de multas te enfrentas y qué hacer en caso de recibir una, desde nuestro concesionario Nissan Madrid te ofrecemos toda la información para que sepas a lo que te expones. Estate muy atento a las señales de tráfico para no incurrir en ninguna infracción.
¿Cuándo prescriben las multas?
Antes de conocer cuándo prescriben las multas, debemos diferenciar entre: prescripción de una infracción y prescripción de una sanción.
La Administración posee unos plazos para informar al conductor de la infracción. El plazo de notificación en infracciones leves se prescribe a los tres meses, mientras que las infracciones graves y muy graves, a los seis meses. Por lo tanto, si recibes la notificación más tarde, no tendrás que asumir el pago de la multa.
Con respecto a la sanción, las multas de tráfico prescriben pasados los cuatro años, si son sanciones económicas, y un año para el resto. Esta cuenta atrás empieza el día siguiente a que la Administración declara firme la multa correspondiente.
¿Cómo recurrir una multa de tráfico?
Si recibes una notificación oficial de que has sido sancionado y quieres recurrirla, tienes 20 días naturales desde el día siguiente a que recibas la notificación para presentar alegaciones a través de la dirección que aparece en la comunicación que has recibido.
A la hora de recurrir, puedes aportar documentos mediante los cuáles puedas justificar que se ha cometido un error o hay información que no se ha tenido en cuenta. Además, debes dirigirte al organismo que te ha sancionado.
Por otro lado, debes tener en cuenta que si pagas la multa en periodo voluntario, es decir, te beneficias del 50% de reducción, la alegación perdería validez, ya que si pagas se entiende que renuncias a recurrir la multa.

Tipos de multas de tráfico
Se distinguen tres modalidades de sanciones y a cada una de ellas le corresponde una cuantía económica. Pero no solo recibirás esa sanción, desde la entrada en vigor del carnet por puntos, cada infracción está relacionada con una pérdida de puntos.
Infracciones muy graves
Las infracciones muy graves corresponden a una multa de 500 euros y la retirada de seis puntos en el carnet de conducir ¿Qué supone recibir una infracción muy grave? Hablamos de circular en sentido contrario, conducción temeraria o sobrepasar la velocidad máxima permitida más de un 50%.
Infracciones graves
Las infracciones graves suponen una multa de 200 euros y la pérdida de puntos. Aquí encontramos errores como adelantar de forma ilegal, usar auriculares, circular sin utilizar las luces adecuadas, saltarse un semáforo o un stop,…
Infracciones leves
Las infracciones leves suponen una multa de 100 euros, pero no implican una pérdida de puntos.
Además de estas infracciones, la DGT también dispone de multas excepcionales que se aplican en situaciones extremas. Estos casos son: conducir bajos los efectos del alcohol en caso de ser reincidente, conducir bajo los efectos de la droga, utilizar inhibidores de radar y conducir sin carnet o con el carnet retirado.
¿Qué pasa si no pago una multa?
En caso de no pagar una multa después de 45 días, se abre una vía ejecutiva, esto implica que debes pagar la multa más un recargo del 5%. Si durante ese período, sigues sin pagar la multa, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria tiene que intervenir. A través de una notificación de providencia de apremio se te otorgará un nuevo plazo para realizar el pago, pero con un recargo del 20%.
Si aún así, la multa sigue sin pagarse, el siguiente procedimiento es el embargo de los bienes, que se puede realizar a través de dos vías: retirar dinero de la cuenta corriente o embargar inmuebles o propiedades para cubrir la deuda.
Si la multa es administrativa, y te declaras insolvente, no tendrás que ir a la cárcel, aunque seguirás acumulando la deuda. El ingreso en presión sólo sucedería si la multa es de carácter penal y delictivo.
Si crees que la DGT te ha impuesto una sanción, pero no se ha podido entregar en tu domicilio porque no estabas o porque has cambiado de dirección, recuerda que puedes consultar dicha sanción en TESTRA, el tablón de edictos electrónicos de la DGT.